Anexo Documental - Algunos datos sobre megaminería


Algunos datos sobre megaminería [1]

1. CONTAMINACION y MINERIA (por Antonio Elio Brailovsky) [2]

 

Zonas semiáridas: Los grandes proyectos mineros consumen agua en cantidades difícilmente imaginables. Las leyes vigentes ordenan que antes de cada proyecto se realicen estudios que procuran estimar el daño que ese proyecto haría al ambiente y la forma de evitarlo o paliarlo. Como siempre, la trampa se hace casi antes que la ley y las empresas entregan estudios incompletos.

Habitualmente, los estudios de impacto ambiental que entregan las empresas mineras no hacen un balance de la disponibilidad de agua para el conjunto de actividades de la zona. En nuestras zonas andinas, el agua no sobra. La que hay se utiliza toda, a punto tal que Mendoza se niega a soltar agua para las actividades productivas de la Provincia de La Pampa. Está claro que para hacer gran minería allí hay que dejar de hacer otra cosa, tal vez dejar secar los viñedos o abandonar las ciudades. Por eso Mendoza tiene una ley que prohíbe la gran minería con cianuro[i]. No por extremismo ecológico sino por simple sentido común.

Agreguemos que el cambio climático está haciendo que cada vez nieve menos en la cordillera, en una zona en la que los ríos son de deshielo. Y que algunos proyectos (como Famatina y Pascua Lama), no sólo consumirán grandes cantidades de agua donde es escasa, sino que pueden poner en riesgo los mismos glaciares de la que surge.

Zonas sísmicas: Cualquier estudiante de economía podría preguntarse cómo hacen las mineras para generar grandes ganancias, teniendo en cuenta el costo de remover y tratar miles de toneladas de roca para obtener una pequeña cantidad de los minerales buscados.

La respuesta es que, a diferencia de otras actividades industriales, la gran minería no hace una gestión integral de sus residuos peligrosos: simplemente los acumula. El secreto de la rentabilidad es ése: dejar los residuos peligrosos sin tratamiento. Lo que hacen es construir los llamados diques de colas, que son reservorios de millones de metros cúbicos de desechos líquidos y barros con cianuro, arsénico, plomo y demás metales pesados. Estos residuos peligrosos pueden filtrar al subsuelo y desbordar en los ríos y arroyos. Una vez terminada la explotación quedan abandonados. Se supone que la empresa tiene responsabilidad sobre ellos, pero si es una corporación del exterior, no será sencillo obligarla a hacerse cargo si hay problemas.

¿Durante cuánto tiempo permanecen peligrosos esos residuos? Como son metales pesados, serán peligrosos mientras exista vida sobre la Tierra.

Las empresas alegan que se trata de estructuras antisísmicas. Sin embargo, el reciente terremoto y tsunami de Japón demostró que, ante los hechos, no todas las estructuras calificadas como antisísmicas resisten un terremoto.
De modo que hay riesgo de dispersión de contaminantes que afecten la cada vez más escasa agua usada por los valles cordilleranos, y esos riesgos no desaparecen con el final de la explotación cuando se agoten los minerales, sino que permanecen latentes para siempre.

En algún momento del debate se prometió que las autoridades nacionales y provinciales controlarán que las empresas actúen con la misma tecnología y las mismas precauciones ambientales que en el llamado Primer Mundo. Para ver en qué consisten esas precauciones, les acerco las fotografías de dos casos de rotura de diques de colas y extrema negligencia empresaria, ambos en países europeos:

1 - Rotura de la presa de contención de la mina de Aznalcóllar (Sevilla), el 25 de abril de 1998, y
2 – Derrame tóxico en una mina de bauxita, en Hungría, el 5 de octubre de 2010.

En ambos casos, las empresas habían jurado que las instalaciones eran seguras y las autoridades de ambos países dijeron lo mismo. Y en ambos casos, las empresas se negaron a hacerse cargo de su responsabilidad económica en los daños y la remediación. Los gastos estuvieron a cargo e los respectivos Estados. Los juicios, por cantidades inimaginables de millones de euros, continúan.

Vease:

http://dl.dropbox.com/u/18205050/Imagenes/Riesgos-de-la-gran-mineria.pdf  


(Un informe fotográfico de ambos desastres ambientales, para que puedan evaluar qué representa la rotura de un dique de colas para los vecinos afectados)



2. DATOS DE LA MEGAMINERÍA EN ARGENTINA

  -El agua, principal insumo en el proceso extractivo, es obtenida de ríos y acuíferos cercanos a los proyectos a razón de cientos o miles de litros por segundo. Las explotaciones suelen situarse en los sectores más altos de las cuencas hídricas y, en algunas ocasiones, en las proximidades de reservas de agua fósil. Según la Organización Mundial de la Salud (OMS) el consumo de agua recomendado por persona es de 80 litros de agua por día. Según lo declarado por Barrick Gold, en su Informe de Impacto Ambiental (IIA), para Veladero se utilizarían 110 l/seg. De acuerdo con el IIA de San Jorge, proyecto mucho menor que Veladero, requerirían 141 l/seg. Para Pascua Lama, Barrick Gold declara requerir del lado argentino un promedio de 215 l/s. Potasio Río Colorado (PRC) tiene otorgado por ley 1000 litros por segundo, que es aproximadamente igual al consumo de Minera Alumbrera, mina cuyo impacto es más severo que el de PRC, dado que se encuentra en un área con mucho menor disponibilidad hídrica.

-La megaminería afecta profundamente la morfología de la zona donde se efectúa la explotación, al realizarse un pozo (tajo, rajo u open pit) de hasta cientos de hectáreas de superficie y cientos de metros de profundidad. Esta excavación es abandonada al finalizar la explotación, es decir, donde antes había un cerro o una ladera del mismo, al concluir la actividad de la mina, queda una gran hondonada (o hasta decenas de ellas, como las que ya ha generado la mina Cerro Vanguardia en Santa Cruz). Asimismo, y antes de comenzar la explotación, esta megaminería ejerce una fuerte intrusión en vastas zonas del territorio para acceder a los yacimientos y su posterior extracción: huellas mineras, aperturas de acceso, camiones de muy gran porte, ingreso y traslado de sustancias peligrosas y explosivos. Para ello, además, utilizan a discreción rutas y caminos públicos; usufructúan la infraestructura del estado y demandan cuantiosa obra pública para operar.

Se utilizan sustancias tóxicas, como el cianuro, el ácido sulfúrico o el xantato para extraer los metales de las rocas removidas, trituradas y molidas, mediante operaciones conocidas como lixiviación y/o flotación, según los casos. Los residuos de esta operación son almacenados en depósitos que, muchas veces, ya sea por deterioros o derrames, terminan contaminado los cursos de agua o las aguas subterráneas. También, suelen contaminarse el aire y los suelos, los sistemas productivos y la salud humana (cánceres, enfermedades respiratorias y en la piel son algunos de los signos que han proliferado en las zonas afectadas). Del mismo modo, se contamina con los escombros generados: las rocas removidas, remanentes de la explotación, son depositadas formando escombreras, las cuales pueden drenar diversas sustancias contaminantes –ácidos y metales de diversa toxicidad­.[3]

-Según el Informe de Impacto Ambiental (IIA), Barrick Gold pretende obtener del yacimiento Pascua Lama 14,4 millones de onzas de oro, que equivalen a 447 toneladas, o 23,5 m3 de oro (el volumen de una habitación de 3 m x 3 m x 2,60 m), lo cual requeriría:  roca removida con explosivos:  1.806 millones toneladas;  agua: 170 millones m3; cianuro de sodio: 379.428 toneladas (4 camiones/día); explosivos: 493.500 toneladas (3camiones/día); gasoil: 943 millones de litros; nafta: 22 millones de litros; lubricantes: 57 millones de litros; electricidad: 110 MW(3 primeros años: 82 MW), consumo anual medio: 929 GW/h. El consumo eléctrico de un hogar argentino medio durante todo un año (2,36 MW/h en 2006) en Pascua Lama alcanzaría para pro-cesar 54 gramos de oro. Cada gramo de oro extraído de Pascua Lama requerirá remover 4 toneladas (4.000.000 g) de roca; consumir 380 litros de agua; 43,6 KW/h de electricidad (similar al consumo sema-nal de un hogar argentino medio); 2 litros de gasoil; 1,1 kg de explosivos; y 850 gramos de cianuro de sodio.

En lo que a energía se refiere, Pascua Lama ilustra un emblema de fiscalidad del siglo XIX, con privilegios escandalosos para un país con crisis energética, como afirman Gutman y Adaro [4] , en el que las mineras son “devoradoras de energía barata”. Los autores afirman:
“Pascua Lama […] prevé una demanda promedio de energía de 110 MW, con una demanda máxima de 123 MW, según lo estimado en su Informe de Impacto Ambiental. Estos MW serán provistos por la conexión a la red de suministro. La demanda mensual de combustibles en la fase operacional sería de 3.150.000 litros de gasoil y 60.000 litros de nafta por mes durante 21 años. Las cifras declaradas de tres de los principales emprendimientos son de un consumo de 150 MW en el caso de la Alumbrera; 110 MW en el de Pascua Lama y 135 MW previstos para Agua Rica; un total de 395 MW. Para tener una idea: la central nuclear de Atucha I produce 357 MW. Para completar la idea sólo hace falta multiplicar estas cifras por los más de 275 proyectos en preparación anunciados en 2006 por la Secretaría de Minería de la Nación”.

3. ASPECTOS TRIBUTARIOS

-IMPUESTOS
En el pago del Impuesto a las Ganancias tienen un  régimen que les permite deducciones y beneficios de todo tipo y alcance:
a) Deducción del 100% de los montos invertidos en gastos de prospección, exploración y demás trabajos destinados a determinar la factibilidad técnico-económica del proyecto. Además, esta deducción podrá realizarse sin perjuicio del tratamiento otorgado por la normativa general de Impuesto a las Ganancias, como gasto o inversión amortizable, lo que se traduce en una doble deducción de estos gastos.
b) Exención del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta res-pecto a los activos (patrimonio) de las empresas mineras.
c) Deducción del Impuesto a las Ganancias de hasta el 5%de los costos operativos que establezcan para prevenir y subsanar las alteraciones del ambiente.
d) Exención del Impuesto a las Ganancias respecto de aquellas utilidades provenientes de aportes en el Capital Social de las empresas incluidas en el Régimen Minero.
e) “Amortización acelerada” en el impuesto a las ganancias respecto de las inversiones de capital que se realicen para la ejecución de nuevos proyectos mineros y para la ampliación de la capacidad productiva de las operaciones mineras existentes, así como aquellas que se requieran durante su funcionamiento.
f) Capitalización del avalúo de reservas de mineral económicamente explotable que tendrá “efectos contables exclusivamente, careciendo por tanto de incidencia alguna a los efectos de la determinación del impuesto a las ganancias” (Ley 24.196, Art. 15).

-REGALIAS
La relación con las regalías se encuentra prevista en el artículo 22° de la Ley 24.196. Este establece que las provincias no podrán cobrar un porcentaje superior al 3% sobre el valor “bocamina” del mineral extraído. Si este porcentaje parecía escaso, la problemática es mayor si consideramos que, al utilizar el mecanismo de “valor boca de mina”, se permite la deducción de gastos operativos, disminuyendo la base imponible y dificultando los controles y transparencia en los métodos de cálculo. En efecto, fue la Ley 25.161, sancionada en 1999, la que perfecciona el saqueo, definiendo el valor “boca mina” como el valor obtenido en su primera etapa de comercialización, menos los costos directos u operativos necesarios para llevar el mineral de “bocamina” a dicha etapa.
Este método de cálculo permitió que en San Juanparadigma de esta gran minería—, en concepto de regalías, la empresa Barrick Gold, por Veladero (la mina más gran-de de la provincia), haya aportado, en el año 2009, solo el 1,7%en concepto de regalías del mineral extraído. Esto significó que, del total de ingresos de la provincia por todo concepto, el ingre-so por regalías de Veladero haya consistido en menos del 1% del total (38 millones de pesos de regalías sobre un ingreso total de3.960 millones de pesos).
El Artículo 23 de la Ley 24.196 establece que las empresas constituirán una previsión especial a los efectos de prevenir y subsanar las alteraciones del medio ambiente, pero la fijación del importe anual de dicha previsión no sólo “quedará a criterio de la empresa”, sino que también, un gran porcentaje se considerará como cargo deducible del impuesto a las ganancias.

-RETENCIONES:
En un contexto de fuertes incrementos de los precios de los metales y de extraordinarias ganancias empresariales, el Gobierno fijó un gravamen sobre las exportaciones mineras (del 10% para concentrados de cobre y del 5 % para el oro) a partir del año 2002, lo que no afectó a los proyectos radicados antes de esa fecha. En el año 2008, la Secretaría de Minería de la Nación procuró aplicar las retenciones a la totalidad del sector de la gran minería por sus escalofriantes ganancias (entre 2002 y 2007, el oro había aumentado de 300 a 800 dólares la onza, y el cobre de 0,75 a 3,5 dólares la libra). Esto generó la inmediata reacción corporativa de la actividad con la presentación de reclamos judiciales por parte de las empresas mineras alcanzadas por la medida, al entender que la misma violaba el principio de “estabilidad fiscal y tributaria” y se afectaba la “seguridad jurídica”. Mientras las petroleras pagan  retenciones móviles que hoy superan el 60% según el cálculo, la soja 35%, las exportaciones mineras pagan retenciones de 10% (y de apenas 5% si el mineral es sometido a alguna transformación considerada industrial). Recién en 2011, se exigió a las empresas mineras liquidar las divisas en el país.

4. EMPLEO

En su sitio web, la Secretaría de Minería de la Nación promete 380.000 empleos directos y 800.000 indirectos para 2025. Previsión incierta, pues según la misma Secretaría, en 2007 el país contaba con sólo 40.000 empleos directos en minería [5], lo que equivaldría a apenas 0,24% de la población económicamente activa (P.E.A.), compuesta por unos 16 millones de trabajadores. La Secretaría no indica qué metodología utilizó para calcular 192.000 puestos de trabajo indirectos, sumando un total de 232.000 empleos.

Estos datos contrastan con los publicados por el I.N.D.E.C. [6], según el cual durante 2010 hubo un promedio de 19.412 trabajadores registrados en explotación de minerales no energéticos (es decir, sin considerar petróleo, gas, carbón y uranio): 7.127 en minerales metalíferos y 12.285 en otras minas y canteras.

En Chile, la minería factura 8 veces más que en Argentina (excluyendo hidrocarburos). Pero según el Servicio Nacional de Geología y Minería, en 2009 dio empleo a un total de 174.125 trabajadores, incluyendo contratistas (2,4% de la PEA chilena) [7]. Y en Canadá, con una facturación total 6 veces mayor a la minería argentina, sólo 51.116 trabajadores directos [8]
No se ve pues en que datos se basó recientemente la Secretaría de Minería de la Nación, para afirmar que “La minería ya genera 500.000 empleos en el país[9].

5. CONFLICTIVIDAD SOCIAL y DERECHOS HUMANOS

Si hay algo que precisamente no puede ser negado o minimizado, ni siquiera por el propio discurso tecnocrático prominero, es la fuerte conflictividad social desencadenada de manera creciente por los proyectos extractivos. La conflictividad tiene, como los pasivos ambientales que deja la minería misma, una sobrevida que excede largamente la del período de explotación del yacimiento, tal como se puede verificar en casos emblemáticos de la minería latinoamericana, en Guanajuato y Zacatecas (México), Cerro de Pasco, La Oroya  o la Bahía de Ilo (Perú). Actualmente, no hay país latinoamericano con proyectos de minería a gran escala que no tenga conflictos sociales suscitados entre las empresas mineras y el gobierno versus las comunidades: México, varios países centroamericanos (Guatemala, El Salvador, Honduras, Costa Rica, Panamá), Ecuador, Perú, Colombia, Brasil, Argentina y Chile. Según el Observatorio de Conflictos Mineros de América Latina (OCMAL) existen actualmente 120 conflictos activos que involucran a más de 150 comunidades afectadas a lo largo de toda la región. Sólo en el Perú, la Defensoría del Pueblo de la Nación da cuenta de que los conflictos  por la actividad minera concentran el 70 % de los conflictos socioambientales y éstos a su vez, representan el 50 % del total de conflictos sociales en ese país, no casualmente uno de aquellos donde más acelerada y descontroladamente se ha dado la expansión minera (De Echave, Hoetmer y Palacios Panez, 2009).

En Argentina, no hay provincia con proyectos mineros donde no se hayan suscitado conflictos por este tipo de actividad. Los motivos que desencadenan los conflictos son variadísimos, comprendiendo desde la disputa por bienes naturales (tierras, agua, pasturas) hasta conflictos por casos de corrupción, clientelismo, afectaciones a las economías locales, conflictos por las expectativas frustradas de empleo y/u oportunidades económicas, etc. Cada proyecto minero de envergadura ha dado lugar a una historia de conflictividad social que ha alterado radical y decisivamente la vida de los pueblos allí donde se radicaron o pretendieron hacerlo, desde los pueblos del Oeste catamarqueño (con la apertura de Minera Alumbrera) a Esquel; de Esquel, a todas las restantes localidades cordilleranas o serranas con ‘potencial minero’.

Por otro lado, este contexto de conflictividad contribuye directa o indirectamente a la violación de los derechos en la medida en que no se generan procesos de consultas adecuados a las comunidades, son desalojadas de las tierras reclamadas por las empresas y éstas últimas contaminan los recursos de las comunidades como son el agua y la tierra, de los que dependen para su vida. Las industrias extractivas están involucradas en violaciones a los derechos humanos fundamentales, afirmó Keith Slack, director del Programa Global de Industrias Extractivas de Oxfam.

En cuanto al informe de Naciones Unidas, elaborado por el Representante de ONU a solicitud de su Secretaría General, indicó los siguientes porcentajes:
“(…) de los 320 casos de violación a los derechos humanos, el sector que obtuvo más denuncias fue el de las industrias extractivas, con un 28 por ciento de menciones. "Las industrias extractivas representan al sector con más denuncias por abusos contra los derechos, incluido los crímenes contra la humanidad, por lo general provocados por las fuerzas de seguridad públicas y privadas que protegen los bienes de las empresas" indica una cita del citado informe.

Del miso modo se asocian a también a "la corrupción a gran escala, la violación de los derechos laborales y una amplia gama de abusos contra las comunidades locales, especialmente los pueblos indígenas". Las denuncias se concentran geográficamente en Asia/Pacífico en un 28 por ciento, África en un 22 por ciento y América Latina en un 18 por ciento”.

En la actualidad, se cuenta con un conjunto de informes independientes sobre violación de derechos humanos y megaminería (SERPAJ, FOCO, Atlas de Vulnerabilidad de la Niñez en Riesgo Ambiental, Defensoría del Pueblo de la Nación, Cátedra UNESCO-Barcelona), además del informe de Naciones Unidas (Relatoría de Naciones Unidas a solicitud de la Secretaría General, año 2009).

 Entre otros aportes se encuentran los del Grupo de Trabajo de la Red-DESC (Red internacional para los derechos económicos, sociales y culturales) que reunió una serie de estudios de caso para el Representante Especial del Secretario General de ONU, John Ruggie, presentado en la Reunión de Expertos sobre Derechos Humanos y la Industria Extractiva realizada en Ginebra en noviembre de 2005. En 2011, y a propósito de una campaña sobre derechos humanos y minería solicitada desde una organización argentina, la Red-DESC y sus miembros promovieron  una serie de eventos en el Foro Social Mundial, con la organización miembro de la Red, Mines, Minerals & People y sus afiliados, con el objetivo de evaluar los impactos de la minería sobre los derechos humanos y posibles estrategias de defensa. Más de 20 grupos contribuyeron a través de sus experiencias y comentarios a la realización de una “Presentación Conjunta”,  realizada por la Red-DESC al Representante especial de la ONU, con un formidable respaldo bibliográfico y documental. Entre los casos que se reportaban en dicho informe estaba el caso de la TVI en Filipinas y, de las mineras acusadas, una mayoría era de origen canadiense.




1. Gran parte de la presente información se ha extraído del libro 15 mitos y realidades de la minería transnacional en Argentina, colectivo Voces de Alerta, Ediciones El Colectivo, Herramientas, 2011. Cuando esto no es así, se consigna la fuente
2. http://ambienteacademico.com.ar/newsletters/25-contaminacion-y-mineria.html
3. Cátedra UNESCO de Sostenibilidad de la Universidad Politécnica de Cataluña (UPC) (2008) Informe situación de derechos humanos en Noroeste argentino en 2008,   Educación para la Acción Crítica (EdPAC)- Grupo de Cooperación del Campus de Terrassa (GCCT)- Grupo de Investigación en Derechos Humanos y Sostenibilidad (GIDHS). Disponible en:   http://investigaccionddhh.wordpress.com
4. “Controles y fiscalidad del Siglo XIX en Argentina. Inauditos privilegios de la minería”, en Le Monde Diplomatique, El Dipló, Edición Cono Sur, agosto 2008, Buenos Aires.
5. Secretaría de Minería (2008): Minería en números 2008, p. 11 y 13.
6. INDEC (2011): Evolución de la distribución funcional del ingreso (origen de los datos: Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones) http://www.indec.gov.ar/nuevaweb/cuadros/17/cgi_03_11.pdf
7. http://www.sernageomin.cl/pdf/publicaciones/anuario2009.pdf
8.http://www.nrcan-rncan.gc.ca/mms-smm/busi-indu/cmy-amc/2009revu/stat-stat/tab22-30-eng.htm#t22
9. http://www.infobae.com/econom%C3%ADa/527260-100895-0-Aseguran-que-la-miner%C3%ADa-ya-genera-500.000-empleos-en-el-pa%C3%ADs